martes, 24 de julio de 2012

LOPD. Régimen sancionador

En un proyecto en el que me encuentro involucrado sobre análisis de LOPD, ha surgido el tema de la aplicación del régimen sancionador. A pesar de que la propia Ley Orgánica establecía dicho régimen, de una u otra forma esta debería adaptarse a las nuevas condiciones y reglas de juego.

Me he dado cuenta tras revisar las notas que tengo, que en el blog no había publicado precisamente que había habido una cambio significativo con respecto al mismo. Aunque este aspecto es del año pasado quizás para muchos pasara desapercibido por el contexto en el que hizo público.

El 4 de marzo del año 2011, hacía su aparición la ley 2/2011de Economía Sostenible. A través de su disposición final quincuagésima sexta, se realizaba la modificación de la Ley Orgánica 15/1999 en el apartado del régimen sancionador. Se modifican para ello los artículos 44, 45, 46 y 49, reformulando los originales.
Además de adaptar las cuantías económicas al Euro, modifican algunas causas significativas para condicionar si las faltas son leves, graves o muy graves. Incorporan también un factor muy importante para el cálculo de las cuantías sancionadoras,  el volumen de negocio o actividad del infractor, aunque no se establece en que medida se valora. De esta forma se aplica un condicionante corrector. Este de una u otra forma incide en el hecho de intentar ser equitativo con respecto a la importancia de la organización y su capacidad para el cumplimiento de la norma.

Quizás pueda parecer peculiar el contexto en el que se presenta la modificación, junto con un conjunto de normas dispares agrupadas bajo el lema de Economía Sostenible. En el contexto actual resulta irónico el formulismo empleado para la generación de un régimen sancionador que puede tener el triple carácter de forzar el hacer las cosas bien, de ser ejemplarizante y no obstante también recaudador.

Motivador o no el régimen sancionador resulta un factor inspirador (si no el más importante) para que las empresas se lo tomen en serio y hagan sus deberes.

1 comentario:

n0ipr0cs dijo...

Hola amigos, tengo una duda, es la siguiente:
-Si me hackean o lo están intentando mi página web con por ejemplo fuzzing, escaneos de puertos. Quien se tiene que darse cuenta, es decir quien tiene esa responsabilidad de denunciar o investigar al hacker ¿yo o la empresa de hosting y domnio?
Gracias.