miércoles, 23 de septiembre de 2009

LOPD y fichero de nóminas

Dentro de los eventos del SIMO que están teniendo lugar durante esta semana, hoy me ha tocado la exposición de tres sesiones HOL relacionadas con la seguridad: Forense, Forefront TMG y LOPD.

Dentro de la acción de LOPD, ha surgido la pregunta de que nivel de seguridad sería de aplicación, para los ficheros de nóminas, teniendo en cuenta que en dichos ficheros pueden mantener información relativas a minusvalía entre otros. Frente a la opinión generalizada de que estos ficheros tienen que ser tratados como datos de nivel alto, aparece en el nuevo Reglamento y como nota aclaratoria de la Agencia de Protección de Datos, que dichos ficheros deben ser considerados a todos los efectos como datos de Nivel Básico, aunque si apareciera otra información adicional al grado de minusvalía podría quedar tipificada como de tipo medio, pero inicialmente no es de aplicación el de tipo alto.


Para todo aquel interesado en aclararse con respecto a este hecho, referencio a continuación, el enlace expuesto por la Agencia donde se trata y detalla dicha exposición: LOPD y nóminas.


Para comentaros inicialmente la información, os adjunto algunos de los datos de referencia que podéis encontrar en dicho informe:

"Respecto a las medidas de seguridad que debe de aplicarse al fichero de nóminas, el artículo 81.6 del Real Decreto 1720/2007 señala que “6. También podrán implantarse las medidas de seguridad de nivel básico en los ficheros o tratamientos que contengan datos relativos a la salud, referentes exclusivamente al grado de discapacidad o la simple declaración de la condición de discapacidad o invalidez del afectado, con motivo del cumplimiento de deberes públicos.”

Por ello, los datos relativos a la minusvalía siguen siendo datos relativos a la salud, lo único que se permite es adoptar medidas de seguridad de nivel básico en cuanto a dicho dato se encuentre afectado o vinculado al cumplimiento de deberes públicos, como sería el supuesto del fichero de nóminas en el que aparezca un porcentaje de minusvalía para calcular el nivel de retención aplicable en nómina, conforme a lo previsto en el artículo 103.1 del Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En consecuencia si el dato de minusvalía se tratará para cuestiones que no constituyan el cumplimiento de deberes públicos, sí deberán de adaptarse mediadas de seguridad de nivel alto.

Del mismo modo si el consultante, no tiene ningún empleado con minusvalía, el fichero de nóminas será de nivel básico, siempre y cuando no aparezca ningún otro dato que exija adoptar otro tipo de medidas de seguridad."

Adicionalmente a esta consulta, tenéis otras muy interesantes, como por ejemplo la asignación tributaria a la Iglesia en el IRPF, no consigna valor de creencia religiosa en la LOPD.

Dichos informes pueden ser consultados a través del enlce en la página de la AEPD.

Espero que esta información os haya servido de aclaración para todos los que habéis asistido a la sesión LOPD del Simo y otros que tengan esta inquietud.

Saludos.

lunes, 31 de agosto de 2009

Vuelta a las trincheras.

Muy buenas a todos.

Después del parón veraniego, volvemos a la cruenta guerra con la informática. Para que no nos falten medios traemos... nuevas armas y nuevos conocimientos. Durante el mes de septiembre y octubre traeremos alguna sorpresa que ya iremos desvelando, pero para abrir boca, 2 acciones inmediatas a las que podéis acceder.

En primer lugar para los que manejan o conocen ISA Server (para los que no también), supongo que sabréis que tendremos en breve una nueva versión evolucionada del producto: Forefront TMG. Nuevo nombre y cambios interesantes. Para los que queráis acercaros al producto y os de pereza montar un escenario o leer documentación, realizaré junto con Microsoft 4 webcast relacionados con este nuevo producto durante el mes de Septiembre. Los dos primeros tendrán lugar el 14 y 17 de septiembre. El evento como siempre es de foma online, aunque para los que no podáis verlo en directo, se grabará para que podáis acceder posteriormente a él.

Como siempre el registro gratuito se realizara a través de Technet a través de este enlace para el primero sobre configuración y despliege y este enlace para el segundo sobre protección frente a amenazas.

La segunda acción inminente tendrá lugar a partir del 21 de Septiembre en dos cursos del plan de formación de empleo de la Comunidad de Madrid. Estos cursos destinados a personas desempleadas o en busca de mejora de empleo, se realizarán en las instalaciones del Centro de Formación en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - Madrid Sur situado en Getafe en la Avenida Arcas de Aguas S/N. Como se desea que los cursos partan con un nivel mínimo para que puedan cumplirse los objetivos previstos, se realizará una prueba de selección el Miércoles 2 de Septiembre en dicho centro, en dos convocatorias de mañana y tarde. Si queréis más información la tenéis en la propia página del Servicio Regional de Empleo o contactando a través del centro en el número de teléfono 916 83 81 60.

Saludos a todos