miércoles, 19 de junio de 2013

Congreso: Los retos de la privacidad, innovación, derecho y seguridad.

En la actual coyuntura en la que nos encontramos, con temas tales como el caso Snowden, espionajes a mandatarios, entre países, a ciudadanos, etc., parece creado a propósito un congreso sobre Privacidad, Sociedad e Innovación. Sin embargo puedo atestiguar que éste fue planteado con anticipación a todos estas noticias que salpican cada día los medios de comunicación. Esto por lo tanto no hace más que corroborar que existen determinados temas de tal calado que requieren un análisis y visión por parte de múltiples sectores.

Ese es uno de los objetivos fundamentales del Congreso sobre los retos de la privacidad, innovación, derecho y seguridad que tendrá lugar los días 25 y 26 de Junio, organizado por la Cátedra Google "Privacidad, Sociedad e Innovación" de la Universidad CEU San Pablo. Este evento de inscripción gratuita que se celebrará en el Aula Magna de la Universidad CEU San Pablo, contará con diferentes mesas redondas, agrupando a diferentes personalidades y especialistas de diversos sectores. Casa mesa tendrá una temática concreta y a buen seguro serán múltiples las polémicas, referencias y propuestas que podrán salir del Congreso.

Tengo la suerte de poder asistir como participante en la mesa, sobre seguridad en Internet, lucha contra la ciberdelincuencia y sistemas de interceptación policial. Sin duda los recientes planteamientos del Ministerio de Justicia o las revelaciones de los sistemas de vigilancia PRISM  dará pié a muchas y controvertidas reflexiones. Moderada por José de Peña director de SIC, contará con estos otro cuatro asistentes:
  • Juan Antonio Calles García. Consultor sénior de seguridad en Everis. Creador de Flu–AD, la herramienta de interceptación policial.
  • Carlos Represa Estrada. Director del Centro de Seguridad TIC Escolar. Coordinador de la Escuela de Seguridad en la Red.
  • Cesar Lorenzana. Capitán en Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil. Jefe de investigación de delitos telemáticos de la Unidad Central Operativa de la Policía Judicial.
  • Juan Miguel Manzanas. Comisario Jefe de la BIT.
Todo aquel que quiera asistir al Congreso, deberá descargarse el fichero de inscripción y seguir con el proceso tal y como se detalla en el mismo. Si vas a asistir, allí nos veremos.

viernes, 24 de mayo de 2013

Redes sociales. Ellos no pueden, tú no debes

Hay que reconocer que los jóvenes se introducen en el mundo de Internet cada vez a una edad más temprana. Una de las cosas que más me llamó la atención en el evento reciente que tuve la satisfacción de conducir “Internet sí… pero seguro”, era el hecho de que un número considerable de jóvenes con edades comprendidas entre los 11 y 13 tenían presencia y actividad en las redes sociales más conocidas.

Aunque es un hecho evidente que las relaciones sociales no tienen edad, hay que tener presente la existencia de una edad legal para hacer uso de una red social convencional. Amparado en la normativa vigente en España, la edad mínima regulada para acceder a la las redes sociales tradicionales, es de 14 años. Así lo atestiguan los acuerdos que se ofrecen cuando se está creando la cuenta en cualquiera de las redes sociales más conocidas.
Esto implica que si tengo 12 años ¿no puedo tener una cuenta por ejemplo en Facebook? La respuesta es: ”no debes”. Evidentemente con la circunstancia actual no existen mecanismos para verificar la edad del que crea la cuenta. Se considera exclusivamente un acto de fe el hecho de que la persona no miente. Sin embargo todos sabemos que realmente es fácil mentir en Internet  y por lo tanto acceder a una cuenta. En caso de que los responsables de la red social tengan constancia de que el poseedor de una cuenta está vulnerando la edad mínima legal, deberán borrar dicha cuenta.

Los padres deben ser consciente de este hecho y controlar si los menores poseen cuentas en redes sociales. ¿Por qué? Fundamentalmente por los riesgos. A determinadas edades no se ha adquirido la suficiente madurez ni habilidad social para campear con determinadas circunstancias. Existe una facilidad mayor para un pedófilo conseguir una víctima cuando esta es menos consciente del riesgo. Y éste, solo se consigue con experiencia y madurez (aunque hay muchas personas que a edad adulta carecen aún de ambas cosas, pero así es la vida).
Claro, tampoco es cuestión de que el mismo día que cumplen 14 años, se levante la veda y se les permita introducir sin ninguna preparación en el mundo de las redes y relaciones sociales “de mayores”. Bien bajo supervisión o bajo un aprendizaje previo, el menor (hay que recordar que la mayoría de edad a los 18 años, pero a efectos legales ya tiene conciencia de sus actos a partir de los 14) puede entrar en el complejo mundo de las redes sociales.

¿Cómo introducir a un menor en las artes de relación, sin facilitarle el acceso a las convencionales? Pues entrando en aquellas que han sido pensadas para ellos. Sí existen. Para muchos padres resulta una verdadera novedad y por supuesto tienen las garantías del control absoluto para que los menores puedan estar sin ningún riesgo. Son redes controladas y promovidas para el aprendizaje y la concienciación, pero a la vez que resulten divertidas.
Para los sufridos padres os dejo algunas de las interesantes y con las edades recomendadas.

TenyTen 8 a 14 años. 
Pandilla Telmex 6 a 10 años.
Bombang de 8 a 14 años.

Club Penguin de 7 a 11 años.   
 
No hay que obviar por lo tanto el hecho de aprender y divertirse como los mayores, sin necesidad de jugar a “las cosas de los mayores”. Sin embargo debería ser una reflexión para todos el hecho de que la interacción física puede resultar mucho más plena que la virtual.

miércoles, 22 de mayo de 2013

X1RedMasSegura. Un gran principio...

Transmitir conocimientos adquiridos a lo largo de los años, es uno de los grandes retos que cualquier profesional en cualquier sector tiene en su mano. Esto evidentemente se da gran medida en los complejos mundos mercantiles existentes a día de hoy. Y esto siempre deja satisfacción económica, profesional  y personal. Cada cual las traduce en un orden de importancia según su personalidad o circunstancia. Sin embargo la mayor satisfacción personal que uno puede obtener es el dar sin esperar recibir nada a cambio. Lo más un simple gracias o una sonrisa, sobre todos cuando llegas a personas que se encuentran fuera de tu ámbito profesional y sabes que ese poco que les puedes aportar, tiene un gran valor para ellos.
Este hecho lo he podido percibir recientemente y afortunadamente la posición de Sidertia en este sentido me permite que pueda prodigarme en eventos de este tipo, donde concienciar es importante, aun no recibiendo nada a cambio. El llegar a personas que no tienen nada que ofrecer y sin embargo agradecen cualquier información, gesto o dato que se les pueda dar. Desde Sidertia estamos concienciados con concienciar a la sociedad, en lo que sabemos y en lo que podemos.

Afortunadamente este hecho no es aislado y hay un nutrido grupo de profesionales y organizaciones que durante la semana pasada se unieron precisamente para fomentar este hecho: concienciar,  transmitir a las personas la necesidad de conocer y de hacer un uso eficiente de las tecnologías.
El día 5 de abril de este año, me llegó un correo de una maravillosa persona con una idea de montar un evento para el día de Internet en la que yo podría participar transmitiendo algo que desde años me apasiona “la Protección de Datos”. Ángel lleva muchos años dedicado a garantizar la seguridad de todos nosotros, pero también desde su blog hace llegar a todos “técnicos y no técnicos” su visión y su compromiso social. En el evento estaba, como no (últimamente está a todo,) implicado ya Juanan de Flu-project. A este pájaro lo conozco desde hace muuuuuuchos años, y cómo no, solo por ellos no podría ni imaginarme el negarme. Pero además es que se daba la circunstancia de que la causa era totalmente proclive a mis ideales. Evidentemente la respuesta iba a ser sí, pero había que cuadrarlo con la agenda. Esto se fraguó en el momento que al minuto de llegarme el correo llamo al Director de Operaciones de Sidertia, le medio cuento el hecho y me dice que por supuesto que sí. Digo medio cuento porque no me dejó ni acabar, pero es que como he comentado en Sidertia estamos ya concienciados y transmitir conocimientos es uno de nuestros legados.

Cuando a las 15:45 horas del 17 de Mayo aparezco en las instalaciones de Everis, la situación me asombró. En casi un mes se había preparado un evento que ya muchos con los presupuestos que tienen les hubiera gustado montar. Los talleres desarrollados durante la semana y que habían sido un éxito, vaticinaban la circunstancia de lo que iba a pasar ese viernes y sábado. Claro está, que esto solo puede suceder con el compromiso y esfuerzo personal de determinadas personas. Detrás de Ángel,  Juanan y el plantel de ponentes, ha existido un nutrido grupo de personas y entidades que se han volcado con X1RedMasSegura. Gracias a todos ellos el evento ha sido posible y que haya llegado con la calidad deseada.
Me siento muy orgulloso de haber podido participar en este evento y si existe una segunda edición (que seguro que habrá), podéis contar desde ahora conmigo.

domingo, 19 de mayo de 2013

Perder la memoria

Olvidar es uno de los grandes problemas a los que se enfrenta el ser humano. Perder conciencia de hechos y personas es un gran temor al que se enfrenta el que se acerca a una edad avanzada. Sin embargo olvidar también es bueno en determinadas circunstancias.

El habeas data reconoce como derecho que todo ciudadano pueda conocer, actualizar y modificar la información que se divulgue sobre su persona en los diferentes bancos de datos o los archivos de los organismos públicos o privados. Pero también reconoce el derecho de un sujeto a que una vez que una información haya cumplido su periodo de caducidad, que se puedan borrar todos los detalles negativos de su historia (por ejemplo en el caso crediticio). Es decir que se olviden los datos.

Este hecho reconocido como tal, derecho al olvido, empieza a oírse cada vez más. Sentencias judiciales, voces a favor, voces en contra, etc.  Como tal, por su importancia, ha sido recogido en la propuesta del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

"(53) Toda persona debe tener derecho a que se rectifiquen los datos personales que le conciernen y «derecho al olvido», cuando la conservación de tales datos no se ajuste a lo dispuesto en el presente Reglamento. En particular, a los interesados les debe asistir el derecho a que se supriman y no se traten sus datos personales, en caso de que ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos o tratados de otro modo, de que los interesados hayan retirado su consentimiento para el tratamiento, de que se opongan al tratamiento de datos personales que les conciernan o de que el tratamiento de sus datos personales no se ajuste de otro modo a lo dispuesto en el presente Reglamento. Este derecho es particularmente pertinente si los interesados hubieran dado su consentimiento siendo niños, cuando no se es plenamente consciente de los riesgos que implica el tratamiento, y más tarde quisieran suprimir tales datos personales especialmente en Internet. Sin embargo, la posterior conservación de los datos debe autorizarse cuando sea necesario para fines de investigación histórica, estadística y científica, por razones de interés publico en el ámbito de la salud pública, para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión, cuando la legislación lo exija, o en caso de que existan motivos para restringir el tratamiento de los datos en vez de proceder a su supresión.

(54) Con el fin de reforzar el «derecho al olvido» en el entorno en línea, el derecho de supresión también debe ampliarse de tal forma que los responsables del tratamiento que hayan hecho públicos los datos personales deben estar obligados a informar a los terceros que estén tratando tales datos de que un interesado les solicita que supriman todo enlace a tales datos personales, o las copias o réplicas de los mismos. Para garantizar esta información, el responsable del tratamiento debe tomar todas las medidas razonables, incluidas las de carácter técnico, en relación con los datos cuya publicación sea de su competencia. En relación con la publicación de datos personales por un tercero, el responsable del tratamiento debe ser considerado responsable de la publicación, en caso de que haya autorizado la publicación por parte de dicho tercero."

Esta propuesta tiene como objeto actualizar los mecanismos de la protección de datos de carácter personal a nivel europeo y que datan del año 1995. Tal y como se deriva de estos artículos, debemos ser conscientes que se deberán articularán los mecanismos para que Internet puede perder memoria. Pero como se comerá esto con redes sociales, derecho a la información, la dispersión de los datos, las redes P2P, etc.

Un proyecto cuanto menos ambicioso, pero ¿hasta qué punto será realista? Recientemente Richard Allan, director de Asuntos Públicos de Facebook para Europa y Asia, ya anticipó que sería imposible para Facebook el cumplimiento del derecho al olvido. Podrán borrarse los datos existentes en su plataforma, peor no aquellos que proveniente de la popular red social se haya copiado y publicado en otras plataformas fuera de su control.

Se augura por lo tanto un caldo de cultivo interesante.  Tendrá voces enfrentadas y que veremos como se va desenvolviendo poco a poco.

viernes, 10 de mayo de 2013

Por una red más segura

Coincidiendo con el día de Internet, el 17 de Mayo se presenta X1RedMasSegura. Impulsada desde el compromiso con la sociedad, presenta como objetivo la necesidad de enseñar y transmitir la seguridad a los Internautas. Tal y como comunican los organizadores citando al General y Filósofo chino Sun Tzu: el principio básico de la seguridad en Internet es mantener el sentido común y la lógica, al igual que haríamos en la vida real. Pero si además conocemos las intenciones y las debilidades de quien amenaza nuestra seguridad, podremos evitar ser objeto de sus ataques.

El evento supone además un encuentro entre un plantel de especialistas muy reputado, con personas no técnicas que hacen uso de Internet, que le afecta en su vida diaria, pero que no necesariamente tienen en el día a día la informática como profesión, sino como un accesorio en la vida. El reto es importante, no solo en el hecho de acercar dos mundos que a veces se encuentran tan alejados, sino por la necesidad de concienciar y de ver los problemas, pero también las soluciones. Pero también se trata de aprender y no solo por parte de los asistente, sino que los ponentes conozcan las inquietudes de los internautas y se acerquen a sus necesidades desde una postura cercana.

Aunque el centro de atención puede parecer en el evento que se llevará a cabo el viernes 17 y el sábado 18, quiero significar también los talleres que durante el resto de la semana se llevarán a cabo. Aquí la capacidad de interactuar será aún mucho mayor que en el propio evento y por lo tanto supone un escenario inmejorable para preguntar, aprender y compartir experiencias y vivencias.

Me consta muy de primera mano el esfuerzo que han puesto los diferentes organizadores y colaboradores para fraguar X1RedMasSegura. A día de hoy crear un evento de estas características sin ningún ánimo de lucro, supone un esfuerzo que solo se consigue desde la voluntad, pero afortunadamente ya es un hecho y se encuentra todo preparado.

Para todos aquellos que vayan a asistir, allí nos veremos el viernes día 17. No olvidéis los talleres para los que todavía hay plazas disponibles.Informando, educando y concienciando de los peligros de la red, podremos conseguir que Internet sea la mejor forma de comunicación y aprendizaje de la que cualquier persona pueda disfrutar.

jueves, 25 de abril de 2013

Una sociedad digital concienciada

A menudo los técnicos tenemos una visión algo distorsionada de la realidad. Este es un hecho bastante frecuente y no somos conscientes que la sociedad en general tiene una visión de la informática "algo diferente". Viene muy bien a veces compartir experiencias con sectores no técnicos  para darte cuenta de muchos aspectos importantes de los usos y costumbres. Esto me ha pasado recientemente en unas jornadas en la que hemos participado  sobre concienciación en los usos de Internet a padres y menores en la localidad de Alcorcón. A pesar de que ya en bastantes ocasiones había impartido sesiones no técnicas, una de las que se llevaron a cabo, destinada a estudiantes de 5º y 6º de primaria, me ha permitido tener una visión inmejorable del estado de la sociedad con respecto a los usos de Internet.

400 chicos y chicas con sus inquietudes, ganas de aprender y hambrientos de Internet se dieron cita en una sesión que me resultó divertida y edificante pero también inquietante. Me sorprendieron algunos aspectos como cuando pedí que subieran la mano todos aquellos que ya tenían móviles y aproximadamente un 80% de las 400 manos se alzaron. Esperaba un gran número pero no tanto. La sorpresa fue tal que tras este hecho replanteé un poco la sesión, puesto que tuve que indicarles los peligros de usos de móviles y de forma "comedida" en los riesgos del "Sexting", hecho que está muy de moda entre los jóvenes y por las caras que pude ver cuando hablé del tema también entre "los más jóvenes".

Y es que comprendo que las inquietudes de mi generación y la de ésta han cambiado totalmente, pero no es menos ciertos que los padres estaban más preparado socialmente antes que ahora. No porque su cualificación fuera mejor, sino simplemente por que los riesgos eran más tangibles y controlables. También es cierto que a veces como una avestruz que esconde la cabeza se permite con demasiada condescendencia determinados actos para los que los más jóvenes no están preparados. Desgraciadamente muchos adultos tampoco.

Me sorprendió también que un nutrido número de los jóvenes asistentes tuvieran perfiles en redes sociales. Las edades de los asistentes se encontraban entre los 10 y 12 años fundamentalmente y la edad mínima legal para estar en una red social es de 14 años. Seguramente muchos padres no sepan que sus hijos tienen cuenta en Facebook, Twitter, Tuenti, etc., seguramente muchos padres no sepan ni que es eso. Y es que la educación en estas lides no son fáciles y pasa en primera medida por educar a los padres en los riesgos.

La ronda de preguntas, más de 40, (tuvimos que cortar porque se extendía ya demasiado el tiempo) me permitió ver que algunas de las cuestiones que se planteaban eran más profundas que las que yo o cualquiera de mis compañeros de clase hubiéramos planteado con su edad. Y es que en eso también se nota la impronta del acceso a la información. Quizás estén (o quieran) madurando mucho antes que generaciones pasadas, pero eso también supone un riesgo a controlar, puesto que a determinadas edades somos menos conscientes de los riesgos que a otras. Educar concienciando en Internet y sus usos se tiene que convertir en un hecho, puesto que está tan a su alcance y tantas son las posibilidades que les reportan, que sería una indecencia prohibírselos.

Desde Sidertia apostamos por la concienciación. Las acciones que llevamos en Alcorcón no van a ser la únicas que haremos , porque somos conscientes del problema y de la necesidad de educar, no solo a jóvenes, sino también a los adultos. Si los padres no saben y no quieren aprender, no podrán ni entender ni solucionar los riesgos y problemas a los que se enfrenta la sociedad a día de hoy.

martes, 11 de diciembre de 2012

Cloud, Google y la protección de datos en Europa

Un aspecto muy significativo que debía llevar implícito el estar dentro del espacio común europeo, lo constituye la unicidad de criterios en cuento a la aplicación de normativas conjuntas. Aunque esto se cumple a medias, es cierto que cada país presenta sus propias normas y adecúan las leyes según sus criterios con un "marco común". En materia de protección de datos sucede así, existe un marco general, pero la aplicación así como la interpretación es propia del país, lo que implica un conglomerado de idiosincrasias muy interesante.

No obstante existe la tendencia de generar criterios únicos para todos los países integrantes, ahí queda la proposición para una reforma general en materia de protección de datos. Un caso interesante del nuevo modelo, es la posición que presenta el grupo de trabajo de la Unión Europea de protección de datos, con respecto al cambio en la política de seguridad que presentó Google en marzo de este año. Emitido a mediados de Octubre, establece la necesidad de que Google aclare una serie de procesos y acciones con respecto al tratamiento de los datos. Es curioso por ejemplo que se solicita la extensión de determinadas operaciones destinadas a la protección de datos únicamente en Alemania para Google Analytics.

Leyendo el documento queda claramente evidente que se ha llegado técnicamente a una revísión de las condiciones de seguridad y el tratamiento de los datos, y no solo superficialmente a la revisión testimonial que se ha realizado en ocasiones. Si esta labor continúa con múltiples servicios que se ofrecen por Internet a buen seguro la protección de datos sera poco a poco una realidad.

Y es que con el auge de la tecnología Cloud, la privacidad es para tomárselo muy en serio. Cada vez los datos que se almacenan son más voluminosos y la información se encuentra más dispersas. Sin un ente regulador podríamos acabar en el más completo de los desamparos. Sirva también de lectura este documento sobre el impacto y el estado de la protección de datos europea con el uso de la nube, emitido por Pete Hustinx Supervisor e la Protección de Datos en Europa. 

domingo, 14 de octubre de 2012

Windows Essentials 2012: protección infantil

En un post anterior hablaba de la importancia de que los padres asuman su responsabilidad con la educación de los hijos en el uso de Internet y de medios tecnológicos. Desde ese momento algunas personas me han solicitado información sobre alguna herramienta para el control parental. Aunque sigo argumentando que la concienciación supone el mejor camino, no soy menos consciente de la necesidad que supone en ocasiones el saber qué está pasando. Desgraciadamente hay muchos casos en el que el desconocimiento de las acciones que realizan los hijos puede acabar en un problema difícil de solventar.

Para la plataforma Microsoft, los padres disponen del sistema de protección infantil que proporciona Windows Essentials 2012. Este programa permite la vinculación de las cuentas del equipo con una identidad tipo Windows Live, de tal forma que se puede controlar múltiples aspectos del uso de un equipo a través del servicio de Family Safetely. Activado el control sobre una cuenta de usuario local, se pueden establecer:
  • Listas blancas y negras de aplicaciones Web.
  • Límites de tiempo para el uso de los sistemas.
  • Control de acceso a sitios mediante aprobación.
  • Restricción y control de aplicaciones locales.
  • Restricción de juegos.
Adicionalmente la solución proporciona un informe muy interesante de actividades, donde se detallan las actividades por sesiones, aplicaciones utilizadas, archivos descargados y otras acciones.

Evidentemente este servicio se centra en las actividades que se producen en los equipos donde hay control de actividad. Sin embargo no hay que obviar el hecho de que en la actualidad la conexión a Internet se puede realizar de múltiples formas y por lo tanto el control necesario en todos ellos.

Saludos

lunes, 10 de septiembre de 2012

¿Cómo denunciar la vulneración de derechos ante la AEPD?


En ocasiones muchas personas ven vulnerados sus derechos contra la intimidad, siendo sus datos de carácter personal tratados de forma inadecuada. Aunque ante este hecho cabe presentar denuncia, muchas veces no se sabe dónde acudir o cómo hacerlo. El primer instinto consiste en presentar denuncia por los procesos convencionales: los cuerpos de seguridad del estado. Pero se suele desestimar puesto que se piensa que el proceso será lento y a lo mejor no lo suficientemente importante para que llegue a buen puerto. Así que se deshecha la idea de presentar denuncia, aun existiendo canales directos y bastante rápidos.
Es poco conocido que en lo referente a datos de carácter personal, la Agencia española de Protección de Datos, tiene capacidad de dictamen sancionado a través de su Director por las denuncias presentadas.  Por lo tanto ante ella puede realizarse reclamación. Pero ¿cómo puede realizarse este trámite de forma rápida?

En mayo de este mismo año la Agencia de Protección de Datos, puso a disposición de todo el mundo su nueva sede electrónica donde se amplia la oferta de servicios de administración electrónica que ya ofrecía la Agencia como el del sistema NOTA para la solicitud de inscripción, modificación o eliminación de ficheros. Dentro de las posibilidades que proporciona esta sede electrónica, se encuentra la de presentación de denuncia.

Para ello el propio proceso ofrece dos posibilidades, la del uso de certificado electrónico o a través de soporte en papel. En ambas circunstancias hay que tener presente que la denuncia nunca es anónima y requiere de la identificación de la persona que la realiza. En el caso del certificado electrónico es directa, en el caso del formato en soporte papel, debe escanearse el NIF/NIE/NIF y remitirlo junto con el formulario de forma telemática. También si no se hace uso de certificado electrónico, la solicitud deberá imprimirse, firmarse y presentarse ante la Agencia Española de Protección de Datos en C/Jorge Juan nº6, 28001 Madrid o en cualquiera de las formas que reconoce la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Esta posibilidad permite que la denuncia llegue directamente ante quien jurisprudencia administrativa para emitir procedimiento sancionador. El proceso de la Agencia pone fin a la vía administrativa, pudiendo poner posteriormente un recurso de reposición ante el propio Director de la Agencia o un recurso administrativo en la Audiencia Nacional.

Por lo tanto si consideras que se ha vulnerado la protección de los datos de carácter personal, tienes a tu disposición un procedimiento rápido ante el que ejercer tu derecho de denuncia.

miércoles, 1 de agosto de 2012

Windows Server 2012 a punto. Sidertia está preparada.

Parece mentira pero hace ya algo más de cuatro años, que salió Windows Server 2008. Tuve la suerte por aquellas fechas de participar en el lanzamiento del producto junto con un gran profesional como es Julián Blázquez. Recuerdo como días antes de tener que presentar a profesionales IT, en un evento que organizó Microsoft para el lanzamiento del producto en España, preparábamos en un equipo  in extremis el servicio de Hyper-V que se encontraba aún en fase Beta (en aquella época no resultaba fácil conseguir un equipo en condiciones para realiza las pruebas de funcionalidad de Hyper Visor) y otras características que resultaban innovadoras. Años después vemos aquellas intensas jornadas como una anécdota, que recordamos intentando obviar los malos momentos que pasamos para que aquello andara como nosotros queríamos que hiciera.

Mañana Julián, compañero con el que tengo la grandísima suerte de  trabajar en Sidertia, inicia a través de un Webcast que se coordina junto con Technet  un nuevo ciclo de eventos online sobre la  nueva solución de Microsoft: Windows Server 2012. Me consta de primera mano que la situación en este momento resulta muy diferente a la de hace cuatro años puesto que Julián lleva ya bastante tiempo probando e investigando en la nueva versión de sistema operativo servidor.

En esta primera sesión Julián abordará las nuevas novedades que ofrece la solución. Desde la perspectiva que le ofrecen años a sus espaldas en la implantación y gestión de infraestructuras de multitud de organizaciones, así como solventando situaciones criticas cual equipo SWAT, nos ofrecerá una visión de las capacidades para lacentralización de administración que se ofrecen.

Este evento se realiza online mañana día 2 de agosto a las 16:00 horas y como siempre de forma gratuita. Representa un aperitivo puesto que el ciclo de eventos no queda ni mucho menos aquí. Iremos dando en la web de Sidertia avances de las nuevas sesiones, así como su contenido. Somos conscientes que las fechas quizás no sean las más propicias puesto que muchos estaréis de vacaciones pero la sesión se grabará y podrá verse bajo demanda a posteriori.

Puedes registrarte al evento a través de la web de Technet.

Seguimos trabajando y lo iremos compartiendo con vosotros.

Saludos

martes, 31 de julio de 2012

Cookies legales

En marzo de este año se hacía pública en el BOE una polémica normativa que acogía una serie de modificaciones que afectaban a diferentes sectores incluido el del comercio electrónico. Motivada por las directivas europeas 2009/136 y 2002/58, de tratamiento de datos de carácter personal y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas, se establecía la necesidad de reformular determinados artículos de la Ley 34/2002 (LSSI-CE).

Como tal, el 30 de marzo se publicaba el Real Decreto-ley 13/2012, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas, y por el que se adoptan medidas para la corrección de las desviaciones por desajustes entre los costes e ingresos de los sectores eléctrico y gasista. Se reformulaba a través de su texto el artículo 22 de la LSSI-CE quedando definido así:

"Artículo 22. Derechos de los destinatarios de servicios.

1. El destinatario podrá revocar en cualquier momento el consentimiento prestado a la recepción de comunicaciones comerciales con la simple notificación de su voluntad al remitente.

A tal efecto, los prestadores de servicios deberán habilitar procedimientos sencillos y gratuitos para que los destinatarios de servicios puedan revocar el consentimiento que hubieran prestado. Cuando las comunicaciones hubieran sido remitidas por correo electrónico dicho medio deberá consistir necesariamente en la inclusión de una dirección electrónica válida donde pueda ejercitarse este derecho quedando prohibido el envío de comunicaciones que no incluyan dicha dirección.

Asimismo, deberán facilitar información accesible por medios electrónicos sobre dichos procedimientos.

2. Los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Cuando sea técnicamente posible y eficaz, el consentimiento del destinatario para aceptar el tratamiento de los datos podrá facilitarse mediante el uso de los parámetros adecuados del navegador o de otras aplicaciones, siempre que aquél deba proceder a su configuración durante su instalación o actualización mediante una acción expresa a tal efecto.

Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso de índole técnica al solo fin de efectuar la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente necesario, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario."

Esta normativa condiciona algunos aspectos de funcionalidad de contenido web de las empresas españolas que hacen uso de los servicios de internet como mecanismo para el comercio electrónico. Por ejemplo de aquellas que se haga un empleo de cookies para almacenar información del usuario y para los que podría ser necesario requerir información de consentimiento. No obstante hay que hacer una serie de matizaciones puesto que no en todas las circunstancias dicho consentimiento es requerido sino que podría consederarse implícito. El grupo de trabajo del artículo 29 de protección de datos de la Unión Europea ha emitido un dictamen el 12 de junio al repecto estableciendo las debidas matizaciones.

Hablaremos con detenimiento en futuros post en qué medida afectan a las organizaciones y que deben hacer para cumplir esta nueva adaptación a la protección de datos.

martes, 24 de julio de 2012

LOPD. Régimen sancionador

En un proyecto en el que me encuentro involucrado sobre análisis de LOPD, ha surgido el tema de la aplicación del régimen sancionador. A pesar de que la propia Ley Orgánica establecía dicho régimen, de una u otra forma esta debería adaptarse a las nuevas condiciones y reglas de juego.

Me he dado cuenta tras revisar las notas que tengo, que en el blog no había publicado precisamente que había habido una cambio significativo con respecto al mismo. Aunque este aspecto es del año pasado quizás para muchos pasara desapercibido por el contexto en el que hizo público.

El 4 de marzo del año 2011, hacía su aparición la ley 2/2011de Economía Sostenible. A través de su disposición final quincuagésima sexta, se realizaba la modificación de la Ley Orgánica 15/1999 en el apartado del régimen sancionador. Se modifican para ello los artículos 44, 45, 46 y 49, reformulando los originales.
Además de adaptar las cuantías económicas al Euro, modifican algunas causas significativas para condicionar si las faltas son leves, graves o muy graves. Incorporan también un factor muy importante para el cálculo de las cuantías sancionadoras,  el volumen de negocio o actividad del infractor, aunque no se establece en que medida se valora. De esta forma se aplica un condicionante corrector. Este de una u otra forma incide en el hecho de intentar ser equitativo con respecto a la importancia de la organización y su capacidad para el cumplimiento de la norma.

Quizás pueda parecer peculiar el contexto en el que se presenta la modificación, junto con un conjunto de normas dispares agrupadas bajo el lema de Economía Sostenible. En el contexto actual resulta irónico el formulismo empleado para la generación de un régimen sancionador que puede tener el triple carácter de forzar el hacer las cosas bien, de ser ejemplarizante y no obstante también recaudador.

Motivador o no el régimen sancionador resulta un factor inspirador (si no el más importante) para que las empresas se lo tomen en serio y hagan sus deberes.

miércoles, 4 de julio de 2012

Gestión de dispositivos móviles

Los dispositivos móviles se han convertido en un elemento esencial en el día a día de muchas personas. Utilísimos mire por donde se miren, constituye no obstante un verdadero problema para muchas organizaciones. Dispositivos que se pierden, malas configuraciones implementadas, múltiples sistemas diferentes, etc., a la larga supone un aumento significativo del coste de administración y la pérdida de la centralización.

A día de hoy las organizaciones no pueden permitirse el lujo de tener sistemas descontrolados, máxime cuando la potencia de estos medios es tan creciente que en circunstancias pueden sustituir a los equipos más tradicionales. Cada vez contienen y  manejan mayor cantidad de información sensible para una empresa. Se almacenan múltiples contraseñas, se utilizan aplicaciones que, como en el caso del correo electrónico, pueden interactuar con medios de la organización, permiten implementar VPN, etc. Supóngase solo por un instante que la configuración del dispositivo recae exclusivamente en el usuario, sin que un departamento IT pueda intervenir o modificar su gestión. Es fácil entender  la cantidad de problemas que pueden plantearse en un caso como el robo del mismo sin las medidas de seguridad adecuadas. El control por lo tanto de una infraestructura debe transcender desde los equipos  tradicionales y saltar también a la gestión de los dispositivos móviles.

Este viernes 6 de Julio a las 16:00, Joshua Saenz, Director Técnico de Arquitectura de Servidores de Sidertia Solutions,  conducirá un Webcast de Microsoft abordando esta temática. Mostrará para ello las nuevas capacidades aportadas por MS System Center Configuration Manager 2012 y la integración con ActiveSync y MS Exchange Server 2010, para dotar a una organización de los mecanismos necesarios para que la administración de los dispositivos sea viable.

Como en todos los Webcast de Microsoft Technet, la inscripción es gratuita y supone además una excelente oportunidad para poder preguntar y hablar con un profesional de la calidad y experiencia con la que cuenta Joshua Sáenz.

lunes, 4 de junio de 2012

La ley en juego

Tras la concesión el pasado 1 de Junio de las licencias de juego, se pone el marcha el proceso final para que las organizaciones se adecúen a la Ley 13/2011 sobre regulación del juego. Hasta la fecha la situación se encontraba en un escenario muy incómodo para aquellas empresas que deseaban regularizar la situación del juego on line, que tan popular se ha hecho en Internet.

Es cierto que la complejidad jurídica que implica todo lo relacionado con Internet hace que sea  muy difícil regular algo tan interesante como el juego on line, pero la cosa está bastante seria desde la aparición de la norma. De hecho existe una importante polémica en cuanto a la no posibilidad de transferir cuentas existentes desde los dominios.com a los nuevos sistemas de juegos exigidos  y regulados por la Ley 13/2011 en dominio .es.  El régimen sancionador también es para tomárselo en serie con multas de hasta 50 millones de euros y pérdida de la licencia.

Tengo que decir que la normativa en lo que respecta a la aplicación técnica tiene su aquel. He podido participar con Sidertia Solutions en un proyecto de adecuación a dicha norma y la verdad es que la cuestión es bastante compleja no solo en sí por la propia regulación del juego, sino también por la aplicación de medidas de índole técnica y organizativa que hacen necesaria su homologación.

Al plantel de medidas recogidas en otras leyes, debemos sumar por lo tanto también las necesidades establecidas a través del RD 1613/2011 sobre el desarrollo de la Ley 13/2011 y la orden de 16 de noviembre de 2011 de la DGOJ de las especificaciones técnicas que deben cumplir los sistemas técnicos de juego. Cual ISO 27000 se describen las implementaciones técnicas y organizativas para garantizar la seguridad y control de lo relacionado al juego y los sistemas que lo soportan.

Está claro que todo lo que se relaciona con el juego (y por tanto con un factor económico esencial) tiene unas connotaciones a veces negativas: fraude, operaciones ilícitas, blanqueo, etc. La regulación va enfocada también a ejercer un control férreo de los procesos e impedir la manipulación de las operaciones. La cosa es bastante seria, y deja muy atrás en lo concerniente a exigencias de cumplimiento, a otras leyes como la LOPD o la LSSI-CE.

La jugada ya está en marcha y la necesidad de adecuación corre prisa. Por medio, procedimientos de homologación, auditorías,  implementaciones, diseños, análisis, gestión de registros… vamos mucho trabajo y poco tiempo, máxime cuando se acercan acontecimientos como la Eurocopa o las olimpiadas que estarán en el punto de mira de muchas organizaciones relacionadas con el juego.

miércoles, 23 de mayo de 2012

Ser padres en la era digital y no morir en el intento

Que el salto generacional es algo tangible, no extraña a nadie. Las nuevas generaciones nacen con los sistemas digitales como una forma natural de comunicación y acercamiento al mundo. Desde muy pequeños se sienten atraídos hacia el uso de las tecnologías. Han cambiado las formas de jugar, de interactuar y de estudiar. Las pizarras digitales dejan paso a las odiosas tizas ofreciendo alternativas que hasta hace bien poco eran inimaginables.

Sin embargo todas esas mejoras entrañan también sus innegables problemas. Uno de los fundamentales es el distanciamiento existente entre padres e hijos en cuestión tecnológica. Aunque siempre se ha manifestado en la mentalidad de los más jóvenes cierto rechazo hacia la de los más maduros, el distanciamiento a día de hoy es considerable. Las diferencias tecnológicas son cuantiosas y mientras mucho de nosotros empezamos con las famosas “maquinitas” a día de hoy tener un móvil o una consola a temprana edad es algo cotidiano.

Para muchos, temas como el sexting o el grooming no representan nada conocido sin embargo es algo con lo que conviven los jóvenes y los padres deberían conocer. Desasociarse de la era digital supone mucho más allá de lo que supone el distanciamiento generacional. Si un hijo tiene un problema difícilmente podremos darle la respuesta o comprensión requerida.

Sería importante para ello compartir tiempo  con ellos en estos temas y aprender junto a ellos. Ese tiempo es algo tan preciado a día de hoy, que parece nunca tenerlo para los más cercanos, sin embargo es indispensable dedicárselo a quien más se lo merece. Para ello os recomiendo (y también podéis compartir y a buen seguro os agradecerán) una serie de juegos educacionales relacionados con la seguridad informática que sirven de entretenimiento, son educativos y permiten acercar posturas y cercanía con los nuestros.

Como hasta en las edades hay diferencias apreciables en contenido y en forma de interactuar os propongo dos espacios diferentes.

El primero de ellos es para los peques de la casa. La web protege tu información, creada por ISMS Forum Spain, propone una serie dejuegos en su sección infantil. Esta web muy cercana a diferentes temáticas relativas a la vida personal, representa una forma muy efectiva de tomar medida del mundo digital.

El segundo está más pensado para los más mayorcitos, cercanos a la edad adolescente (o los que están en ella). Pensado como un Trivial presenta temáticas más maduras con una reflexión muy importante que enseña los riesgos existentes en Internet y la importancia de la protección personal y de nuestros datos. Privial, de cuida tu imagen online, supone una apuesta muy interesante para conocer los problemas que existen en Internet  y lo importante que es tomarse las cosas en serio.

No tenéis ya una excusa para compartir tiempo y conocimiento con vuestros seres más queridos. Recordad que la distancia supone un abismo a veces tan insalvable, que las soluciones desgraciadamente pueden llegar muy tarde. Ellos, que son los más desprotegidos, necesitan de nuestra ayuda aunque crean que no. No hagáis que el salto tecnológico suponga una distancia insalvable y que la ayuda sea imposible por no saber.

lunes, 7 de mayo de 2012

LOPD y Dropbox


Recientemente me ha llegado al correo una petición de si podría aclarar si sería factible desde el punto de vista LOPD el utilizar el servicio de Dropbox como un sistema de almacenamiento para el backup de datos e incluso intercambio de información.  Aunque ya di respuesta, considero que puede ser un tema interesante y quiero compartirlo con todos vosotros.

Inicialmente se plantean desde este hecho dos problemas fundamentales en lo concerniente a la gestión de datos de carácter personal:

-          ¿Dónde se encuentra el servicio y cómo se aloja la información?

-          ¿El proveedor accede a la información alojada en su sistema?

En la primera de las circunstancias habría que tener presente la posible transferencia internacional de datos, y posiblemente estar sujeto a comunicación a la AEPD e incluso la necesidad de solicitar permiso en determinadas circunstancias. También hay que tener presente las posibles condiciones particulares del servicio y la posible necesidad para que el prestador deba cumplir unas obligaciones locales, permitiendo por ejemplo el acceso a la información en determinadas circunstancias.

En la segunda hay que tener en cuenta que para la prestación del servicio, el proveedor podría necesitar acceder a la información subida. Por lo tanto en este caso se convertiría en encargado de tratamiento, siendo necesario establecer el acuerdo y las condiciones legales requeridas en esta circunstancia por la Ley Orgánica 15/1999.

Para analizar la situación lo mejor es analizar los términos de servicio y visión de la seguridad que se establece con Dropbox. En algunas circunstancias se comenta con respecto al tratamiento de datos de carácter personal, que puesto que la información se transfiere y almacena de forma cifrada, se cumplen las condiciones necesarias para que no puedan ser consideradas como un fichero de datos tratable por el proveedor. Sin embargo si se analiza la política de privacidad puede extraerse la siguiente información:

“Cumplimiento de las leyes y solicitudes de aplicación de las leyes; protección de los derechos de Dropbox. Podemos divulgar a partes ajenas a Dropbox los archivos almacenados en su Dropbox e información relativa a usted que recabemos, cuando creamos de buena fe que la divulgación resulte razonablemente necesaria para (a) cumplir con una ley, reglamentación o solicitud legal obligatoria; (b) proteger la seguridad de cualquier persona y evitar su muerte o una lesión física grave; (c) evitar el fraude o el abuso de Dropbox o de sus usuarios; o bien para (d) proteger los derechos de propiedad de Dropbox. Si proporcionamos sus archivos de Dropbox a un organismo de aplicación de la ley según se estipuló anteriormente, eliminaremos el cifrado de Dropbox de los archivos antes de proporcionarlos a dicho organismo de aplicación de la ley.”

Un dato interesante consiste en que el cifrado es de tipo reversible y la información almacenada, podrá ser facilitada a otros. La causas para ello, podrán ser legales o no.

La condición del cifrado se proporciona definitivamente en el documento sobre la visión general de la seguridad:

“Ciframos los archivos que almacena en Dropbox mediante la norma AES-256, la cual es la misma norma de cifrado usada por bancos para proteger datos de los clientes. El cifrado para el almacenamiento se aplica después de cargados los archivos y nosotros administramos las claves de cifrado.”

En el contrato hay que tener presente que la solicitud de eliminación de la información, podría implicar que no fuera eliminada totalmente por parte del proveedor y por lo tanto los ficheros de datos accesibles por ellos.

“Conservaremos su información durante el tiempo que su cuenta permanezca activa o bien según resulte necesario para prestarle servicios. Si desea cancelar su cuenta o solicitar que dejemos de usar su información para brindarle servicios, puede eliminar su cuenta aquí. Podemos conservar y usar su información según sea necesario para cumplir con nuestras obligaciones legales, resolver disputas y exigir el cumplimiento de nuestros acuerdos. En función de tales requisitos, intentaremos eliminar su información rápidamente una vez recibida su solicitud. No obstante, tenga en cuenta que puede existir cierta latencia al eliminar información de nuestros servidores y después de dicha eliminación, pueden existir versiones de copias de seguridad. Además, no eliminaremos de nuestros servidores archivos que tenga en común con otros usuarios.”

Se recoge también en el documento sobre visión de seguridad, la política de acceso a la información subida al servicio:

“Los empleados de Dropbox tienen prohibido ver el contenido de los archivos que almacenas en tu cuenta de Dropbox, y solo tienen permitido ver los metadatos de los archivos (por ejemplo, las ubicaciones y los nombres de los archivos). Como la mayoría de servicios en línea, tenemos un grupo pequeño de empleados que tienen que poder obtener acceso a los datos de usuario por los motivos mencionados en nuestra política de privacidad (por ejemplo, cuando sea necesario por razones legales). Pero es una excepción poco frecuente, no la regla. Tenemos una estricta política y controles de acceso técnico que prohíben que los empleados obtengan acceso excepto en estas circunstancias poco frecuentes.”

Tal y como se ha recogido puede entenderse por lo tanto que existe una transferencia de datos a un servicio con un cifrado reversible y accesible por parte del proveedor. Es más, establecen que podrán, en determinadas condiciones y por parte de determinadas personas, acceder a la información existente. En el caso de datos de Carácter Personal si nos ceñimos a la normativa, existiría la necesidad de realizar un contrato como encargado de tratamiento, cuestión que evidentemente no se realiza con Dropbox.

Por lo tanto las organizaciones no deberían utilizar este servicio para el almacenamiento de datos de carácter personal, por mucho que se pueda garantizar la seguridad y  muy atractivo sea la posibilidad ofrecida.

martes, 1 de mayo de 2012

Doctor, ¿cuánto he madurado?


En muchas ocasiones los administradores me piden que evalúe qué tal va la seguridad de sus sistemas. Este análisis es una de las más complicados de efectuar, puesto que la referencia requiere de parámetros y métricas. Cada cual maneja las suyas (dependen a veces de las cualidades intrínsecas de la organización) y van en función de las condiciones existentes e incluso de las circunstancias en determinados momentos.

En estos días estoy mejorando mi propia experiencia para los procesos de análisis. Para ello estoy realizando diversos diseños y proyectos (algunos muy enfocados al ENS), teniendo en cuenta múltiples aspectos y de los que me ha resultado muy instructivo la lectura de un libro que me han recomendado de Andre Jaquith: “Security Metrics: Replacing Fear, Uncertainty and Doubt”. Se comenta en el libro que hay determinados axiomas en los que herramos indefectiblemente cuando queremos establecer parámetros para cuantificar la seguridad. Las ideas que se manejan son transgresoras con determinados modelos de métrica y análisis de seguridad… pero es que en esencia lleva mucha razón en sus planteamientos.

Hasta la fecha tenía en cuenta la aplicación de los modelos convencionales para la gestión de seguridad en las organizaciones, sin embargo los modelos teóricos no se ajustan bien a las organizaciones, puesto que no pueden tratar las peculiaridades de las mismas y a la larga se vuelven inflexibles. Entiendo que los modelos teóricos deben dejar pasar a otros más prácticos que permitan ser más flexibles, y aunque dependen más de la actuación de la organización, ofrecen mejores respuestas cuando surge la necesidad de ser reactivo.

Definir un modelo ajustado a la organización asumo que dependerá de la madurez de la organización y de un proceso evolutivo, puesto que la mejor referencia de seguridad para una empresas reside en ella misma. Los parámetros del mercado, aunque interesantes, no son válidos puesto que no tiene en cuenta las peculiaridades de la misma. Pueden ser tomados como referencia, pero nunca como objetivos taxativos a alcanzar.

La madurez en los usos informáticos de la propia organización ofrecen esa primera visión necesaria que permite cuantificar y cualificar la seguridad de la organización. Desde Sidertia estamos llevando a cabo campañas de concienciación de seguridad de organizaciones con las colaboramos y que nos permiten ver por un lado la evolución de la organización, pero sobre todo aconsejar en gran medida atendiendo a las necesidades de negocio. Esta cuestión a veces queda muy lejos del alcance de los departamentos de sistemas. Si la seguridad “somos todos” hay que contar con todos y también, muy importante, el explicar a todos el “por qué de determinadas cuestiones”. Esa visión permite ver realmente la seguridad que espera el negocio y por lo tanto aplicar la métrica en función de la misma.

Cada organización es un mundo en sí misma, y aunque determinados aspectos de la seguridad son comunes a todas (un antivirus en un antivirus siempre), otros requieren desviar esfuerzos (económicos y personales) en función de las necesidades. ¿Qué es mejor invertir en un gran firewall perimetral o en que todo el mundo haga un uso más eficiente de los sistemas? Pues seguro que esto depende del tipo de la organización. Seguramente los dos son necesarios pero una empresa que tenga un gran número de desplazados (como comerciales) y este sea una capa de negocio esencial deberá maximizar la segunda de las opciones en detrimento de la primera.

Por lo tanto los axiomas que a menudo se aplican para medir la seguridad de la organización, resultan caducos. Cuando aprenderemos que un antivirus y un firewall no es la seguridad que requieren las empresas a día de hoy. Una parte si, pero hay mucho más, que sobre todo en España no se ve. Hablar de tú a tú con el negocio de la empresa puede abrirte en gran medida a las inquietudes de la organización y hablarte de sus necesidades.

martes, 24 de abril de 2012

Esto de la LOPD ¿se cumple?


En demasiadas ocasiones ya he oído la frase: pero esto de la LOPD, no lo cumple nadie. En otra más que una afirmación, me la convierten en una pregunta ¿pero esto de la LOPD lo hace alguien? Evidentemente nadie puede tener los datos de cuántos realmente cumplen con la LOPD tal y cual los estipula el RD 1720/2007, pero sí al menos, se da la información de cuantos ficheros se encuentran inscritos en la Agencia Española de Protección de Datos.

A finales de Marzo la cifra de ficheros inscritos tanto de titularidad pública como privada, era de 2.719.739 ficheros. ¿Un dato alto? Aunque lo parezca, esto no referencia realmente empresas, si no la de los ficheros. Muchas empresas cuentan con un gran número de ficheros. También hay que tener en cuenta que asociaciones, comunidades de vecinos, etc., tienen también la obligación de declarar sus ficheros. Evidentemente la cifra no es tan alta como debiera, pero realmente supone un logro.

Fijémonos en el dato de que con la que está cayendo, solo en el mes de marzo, se dieron de alta 47.066 ficheros nuevos. Esto establece que hay voluntad, aunque solo sea que el miedo a la sanción, supera otras circunstancias.

Por sectores el que más ficheros inscritos tiene es el de las comunidades de propietarios con 335.307, seguido por el comercio con 299.957. Lo dicho anteriormente no era broma aunque muchos así lo crean cuando lo digo en formaciones o eventos. Las comunidades de propietarios están obligadas a declarar ficheros y también a aplicar la normativa de videovigilancia.
Si quieres ver los datos completos, se publican en las estadísticas mensuales que publica la AGPD.

viernes, 20 de abril de 2012

El acuerdo de Schengen en el aire...

Uno de los valedores principales de la aparición de la protección de datos de carácter personal, lo supuso el acuerdo de Schengen. Entre otras muchas cosas se establecía la libertad de tránsito dentro del espacio común europeo, legitimando la necesidad de compartir medidas y controles en un marco común. Pues ayer mismo se daban dos noticias bastante curiosas con respecto al mismo.

Por un lado Francia y Alemania, hablan de la posibilidad de realizar cierres de fronteras provisionales ante determinadas circunstancias. Por ejemplo en el caso de que no se consiga controlar el flujo masivo de inmigrantes. Esto permitiría que ante una posibilidad de que un país no pueda realizar el control de acceso reglado en el espacio europeo, otro colindante al mismo pueda servir de freno cerrando unas fronteras que llevan casi 17 años sin dar esa funcionalidad.

La otra noticia me preocupa más. Ayer 19 de Abril se aprobaba en el Parlamento Europeo un acuerdo que obliga a aerolíneas europeas que vuelan con origen o destino a EEU (o bien hacen escala) a transmitir toda la información de los pasajeros. Incluido entre otros, datos simples como el nombre y apellidos pero otro más peligrosos como el la información de la tarjeta de crédito con el que se haya realizado la compra del billete. También si ha hecho una petición especial de comida por motivos religiosos o de otra índole. La información se almacenará de acorde a unos tiempos estipulados, de tal forma que inicialmente se eliminará la información sensible, luego se despersonalizaran y finalmente pasarán a una lista inactiva hasta que sean eliminados.

De forma previa existía un acuerdo del año 2004 en el que para garantizar la lucha antiterrorista podrían compartir la información. No habría información directa a los datos de los pasajeros sino que habría que solicitar la información al Departamento oportuno y caso por caso, previa justificación de la necesidad y siempre garantizando la seguridad de los datos proporcionados. Bueno pues parece que lo que nos dan por un lado por otro nos lo acaban quitando.

Queda claro que esto de la protección de datos se toma en serio en función de determinados intereses. Si hace poco hablaba de las iniciativas que se iban a llevar a efecto para garantizar la seguridad de los datos en Internet, luego no salen con algo como esto, donde nuestros datos más sensibles pasan a formar parte de una base de datos manejada por váyase a usted a saber quien.

lunes, 16 de abril de 2012

Flu Project

Allá por finales del año 2010 dos prometedores jóvenes me presentaron un proyecto que habían ido madurando durante un tiempo y que se llamaba Flu (como el nombre que recibe un espécimen de virus biológico). En diciembre del año 2010 hacían público el mismo a través de su sitio web Flu Project.

He tenido la suerte de trabajar junto a ellos y ver su progresión. A día de hoy Pablo González y Juan Antonio Calles son dos profesionales como la copa de un pino y con todas aquellas virtudes que hacen que puedan destacar en este mundo competitivo. Puesto que he podido seguir sus carreras desde muy cerca, no podré decir que ha sido algo fácil para ellos en un mundo y escenario tan complejo como el actual, en los que a veces la juventud puede suponer un lastre. Evidentemente, lo han superado con tesón, dedicación y buen hacer, consiguiendo aupar su proyecto personal (y también el profesional) a la envergadura de lo que representa a día de hoy.

Ese esfuerzo tiene su recompensa y llega poco a poco. Evidentemente este proyecto supone una inversión muy grande en el terreno personal y en muchas ocasiones como única recompensa, la satisfacción de hacer bien las cosas y un reconocimiento profesional que llega poco a poco. Son ya significativas las intervenciones que han realizado en congresos, presentando y exponiendo su trabajo. Es digno de mencionar las posibilidades que en determinados escenarios (como el de la identificación y detención de pederastas) puede ser utilizado su herramienta principal, tal y como expusieron en la No cON nName 2011, en un ejemplo más de lo insospechado que puede llegar a ser el uso de cierto software.

Sirva desde este post mi más sincera enhorabuena por el trabajo realizado y por su puesto con un camino muy grande todavía de recorrer que espero esté repleto de éxitos. Por mi parte tal y como les propuse voy a colaborar a través de vuestro blog, aportando mi granito de arena. A través de mi visión sobre los casos forenses y como se deben tratar de un punto de vista judicial en una cadena que comenzó la semana pasada.